UNA JUSTICIA A LARGO PLAZO
El siniestro del Ixtoc es el mayor desastre ecológico marino en toda la historia del Golfo de México. El desastre ocurrió en 1979 (esto va para nuestra clásica desmemoria ciudadana), y durante los 280 días que siguieron desde su salida de control (3 de junio de 1979 hasta el 24 de marzo de 1980, se derramó un volumen aproximado de 3.3 millones de barriles de crudo (530 mil toneladas), de esta cantidad se quemó (Pemex dixit) el 50 por ciento, se evaporó el 16 por ciento, se recolectó menos del cinco por ciento y se dispersó el 28 por ciento.
Las maniobras para su control tuvieron un costo de más de mil millones de pesos en la instalación y operación de fuentes para la recuperación de aceite en la zona del accidente, así como los intentos para proteger las zonas estuarinas y costeras de Campeche, Tabasco, Veracruz y Tamaulipas que tuvieron un costo de más de 200 millones de pesos; además se perdió alrededor de dos mil millones de pesos, dado el volumen del petróleo vertido al mar.
Las afectaciones desde entonces las estamos pagando caro los campechanos. Grandes zonas pesqueras se convirtieron en cementerios marinos donde ni siquiera existe flora marina y por ende fauna. Camarones, peces, delfines, aves marinas, zancudas fueron exterminadas o emigraron desde entonces. Además, toda la costa campechana y de Tabasco sufrió los efectos en sus marismas, manglares, playas de arena fina, acantilados, playas de gravilla y concha y otros ecosistemas fueron destruidos.
Nunca el gobierno federal indemnizó a los pescadores de altura y ribereños, al gobierno del estado por este daño que aun hoy a casi 33 años la justicia fiscal no nos llega en forma de inversión o de aumento en las participaciones federales.
Una noticia se dio a conocer la semana que ayer terminó. Un acuerdo entre México y Estados Unidos signado en Baja California para cooperar en el desarrollo de la exploración de yacimientos de petróleo y gas transfronterizos en el Golfo de México, mismo que fue considerado por el Instituto Americano del Petróleo, una asociación que representa a las compañías petroleras estadounidenses en todos los aspectos de la industria.
Este acuerdo abre las puertas no solo para nuevas áreas de desarrollo en forma responsable y segura en áreas marítimas, sino que empresas extranjeras ligadas a esta industria abrirán las puertas para un proyecto ambicioso que puede traer para el estado de Campeche lo que siempre se buscó en el pasado, que tanto empresas como técnicos extranjeros lleguen a la entidad y con ello se abran nuevas áreas de trabajo.
Se dijo en círculos relacionados con la explotación petrolera que ahora con este convenio se podrá inyectar nitrógeno al gigante Cantarell y a otros pozos que aparentemente han dejado de producir. Se sabe que todos esos yacimientos solo han sido explotados en un 30 por ciento y que con la inyección de nitrógeno volverán a ser productivos con todas las ventajas que ello conlleva.
Pero lo más importante es que estas empresas comenzando con la nueva planta de nitrógeno tributarán en dólares en el Estado, como no lo han hecho las empresas “mexicanas” debido a la corrupción fiscal y en detrimento de nuestra entidad.
Esta sería una justicia a largo plazo luego del desastre del Ixtoc que acabó con la pesca que era una de las bases de empleo de Ciudad del Carmen y de Campeche. Apenas se está comenzando a manejar esta información que expertos del sector energético explicaron que el objetivo del acuerdo signado entre México y Estados Unidos es una manera ordenada de explotar los depósitos petroleros en el Golfo de México.
SI HAY RIESGOS EN EL RECINTO HISTORICO
En la historia de todos los pueblos hay sucesos que no han sido contados, y que deben serlo para salvarlos del olvido o meterlos a un sepulcro archivístico. Porque el hecho de que dos o tres personajes de la ciudad se recreen y presuman en petit comité es aberrante.
Es historia del pueblo de Campeche que debe ser consultada y publicada no solo por algunos “recopiladores” de suplementos dominicales, sino incluso pasarlas a la red de Internet, donde podrían cobrar vida y motivar a la reflexión y con ello evitar perder lo que la UNESCO nos otorgó desde hace más de 10 años, así como el decreto presidencial de 1986.
La designación de Patrimonio Cultural de la Humanidad y la de Zona de Monumentos Históricos, si se encuentran en peligro por la falta de vigilancia de las autoridades responsables de mantener ese estatus, y dejar de pensar que esta fue otorgada Per se. Ambulantes, Luis Antonio Che Cu, grafiteros, arquitectos sin escrúpulos, hoteleros, propietarios de hostales, comerciantes “huaches” y lideresas priistas, empujadas por sus dirigentes partidistas, son la más viva amenaza para estos títulos que no son gracia divina, que se pueden perder y con ello el desplome del turismo nacional e internacional.
Pero volviendo al tema, hay muchas historias de luchadores sociales que han quedado en el olvido o peor aun sepultadas en los archivos que no son sino sitios casi lúgubres, húmedos, malolientes, sórdidos, inhóspitos, llenos de polvo y bacterias y, peor aún, sujetos a un mal llamado control que ejercen auténticos burócratas campechanos, justificando de esa forma la conservación de su empleo.
Las nuevas generaciones de campechanos desconocen la historia de nuestra entidad. No solo la lucha social, sino la resistencia que en el pasado se dio ante diversas agresiones y, como la presente, ninguno de ellos se ha encargado de dar a conocer lo que tiene que hacer cada campechano para velar por esos títulos otorgados.
El mejor ejemplo lo tenemos en que en más de 470 años ¿dónde se encuentran recopilados, ordenados y guardados con seguridad? Un pueblo sin memoria es un pueblo sin historia. Lo peor es que malos campechanos se han ido robando estos documentos a lo largo de los siglos y hay mucha historia perdida que ningún gobernante se ha aplicado a rescatar, porque este tipo de obras culturales no visten en política.
¿Nombres de algunos de esos ladrones? Los hay por supuesto y los habré de dar a conocer con pelos y señales en su momento.
Todo esto viene a comentario porque hace unos días visitadores de la UNESCO, organismo de la ONU, estuvieron en nuestra ciudad para constatar las amenazas que sufre la ciudad de San Francisco de Campeche luego de ser nombrada Patrimonio Cultural de la Humanidad.
Desde 1986 por Decreto Presidencial de Miguel de la Madrid Hurtado, la ciudad de Campeche fue decretada en un área de 1.8 kms. como Zona de Monumentos Históricos, inscribiéndose un total de mil 125 predios. El Art. 3º del citado decreto señala: “esta zona está integrada por 163 manzanas que comprenden edificios con valor histórico construidos entre los siglos XVI y XIX de los cuales 12 fueron destinados en alguna época al culto religioso, como son los templos católicos comenzando con la Catedral.
El Art. 5o señala: “las construcciones que se hagan en la Zona de Monumentos Históricos de la Ciudad de Campeche, Estado de Campeche, se sujetarán a las condiciones establecidas en las disposiciones legales aplicables, y en todo caso cualquier obra de construcción, restauración o conservación en la zona de monumentos históricos, deberá realizarse previa solicitud del particular ante el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH).
El INAH tiene la obligación de brindar la asesoría necesaria a fin de conservar y preservar los títulos de Zona de Monumentos Históricos y de Patrimonio Cultural de la Humanidad, pero no parece estar de acuerdo a su eslogan de “Una ciudad sin historia, es una ciudad sin memoria”, porque hay demasiadas violaciones a los ordenamientos y en muchos casos hacen caso omiso de las denuncias y todo indica que existe corrupción al otorgar permisos que no cumplen con las especificaciones legales.
Hay cientos de ejemplos del abandono de las responsabilidades del INAH y pareciera estar de acuerdo en que se le retiraran los títulos a la ciudad de San Francisco de Campeche. Parece ignorar que más pronto de lo que se espera estaremos recibiendo un fallo de funcionarios de la UNESCO que nos visitaron este mes.
Las leyes, reglamentos federales, estatales y municipales la directora del Centro INAH Lirio Suárez Améndola se los pasa por el arco del triunfo. Comenzando con las antenas radiofónicas del baluarte de San Miguel y las existentes en el recinto histórico la tienen sin cuidado. Todo indica que tiene miedo de enfrentar a quienes en el pasado orquestaron una campaña en contra de Luis Fernando Alvarez Aguilar, su antecesor en ese cargo, quien sin el apoyo del gobernador del Estado Jorge Carlos Hurtado Valdez, fue removido al oponerse a la construcción de un hotel en el Circuito Baluartes.
En esta ocasión ¿quién sino el INAH? autorizó la demolición de todos los techos de un predio de la calle 55 No. 53 entre 14 y 16 enclavado en el Centro Histórico, y el del ex local del Carta Clara Jr. En San Román, sito en la calle Bravo No. 12, entre las calles 10 y 12, ejemplos que pueden ser verificados. Además, en ambos casos están edificando y no exhiben a las puertas de la construcción los permisos correspondientes. En el caso del Carta Clara todavía hay mucho mar de fondo, porque el “propietario” deberá aclarar en un futuro no muy lejano como llegó a sus manos ese predio que fue adquirido con un cheque (estamos por recibir el número y banco) del erario estatal a favor del Grupo Esmeralda.
Por su parte los “huaches que han invertido y creado empleos de un salario mínimo” están aposentados en la calle 10 del Recinto Histórico donde con perifoneo enajenante promocionan sus ventas. Ahí debe sancionar el INAH a los propietarios como Modatela (la sucesión de Leovigildo Gómez Hernández); Vertiche (de los hermanos González Maury); Milano (de María Eugenia del Río); Elección (de la sucesión de Rafael Lavalle Gutiérrez); Electra y Fundación Dondé (de Santiago González), etc.
Por lo que respecta a Che Cu y a Mariana Yam Barahona, ambas personas cobran en el PRI y reciben órdenes de ese lugar para crear conflictos al Ayuntamiento de Campeche, para desprestigiar a la alcaldesa que ha demostrado voluntad para limpiar el “cochinero” que recibió y que está corriendo contra el tiempo. Los ambulantes son el pretexto, ese es un asunto de política que está dejando que chille la víbora para asustar; sin embargo es el INAH el que debe poner un hasta aquí sin torcer la ley, porque la UNESCO no entiende de componendas.
Pobre Campeche, demasiados títulos y tan poca autoridad para conservarlos. Cada pueblo tiene el gobierno que merece.
GRANDE EL SACO PARA EL IEEC
La aplicación de normas en materia de recursos financieros otorgados a los partidos políticos corresponde a nivel estatal al Instituto Electoral del Estado de Campeche. Este órgano es responsable del buen uso de los recursos y cuando estos son desviados debe aplicar las sanciones correspondientes.
Hace unas semanas y en plena efervescencia electoral en los partidos mayoritarios de Campeche como son el Revolucionario Institucional y Acción Nacional, se dio a conocer que ante la negligencia, el abandono y haber sido rebasado el Ayuntamiento de Campeche no podría cumplir el programa de bacheo en la ciudad.
Ante esa incongruencia administrativa de un ex alcalde que primero fueron sus proyectos políticos y luego sus responsabilidades ante quienes votaron por el y lo llevaron a ocupar el cargo, otro protagonista, en este caso en el lado del PRI y con un cargo municipal en ese partido dio a conocer que ante el abandono había optado por pavimentar algunas calles de la ciudad. ¡Tremenda insensatez política!
Las lideresas y vecinos pueden pedir lo que quieran, pero hay sus tiempos y sus circunstancias. Y en este caso el PRI municipal no podía y no debió caer en el juego populista y pararse el cuello con aquello de que “yo si les voy a cumplir cuando esté en el cargo”.
En la prensa local, sus adláteres aplaudieron la medida que se supone –porque nunca se aclaró la procedencia de los recursos---, fue con cargo al PRI Municipal violando disposiciones legales contenidas en el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Campeche, el cual en su Artículo 72, fracción XV señala como obligación de los partidos: Utilizar las prerrogativas y aplicar el financiamiento público de que dispongan, exclusivamente para el sostenimiento de las actividades establecidas por las diversas disposiciones de éste Código. Asimismo en la fracción III del Artículo 70 precisa como derecho: Disfrutar de las prerrogativas y recibir el financiamiento público previstos en este Código, para garantizar que promuevan la participación del pueblo en la vida democrática, contribuyan a la integración de la representación estatal y como organizaciones de ciudadanos hagan posible el acceso de estos al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulen, y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo.
Queda claro que está prohibido usar el financiamiento público para realizar obra pública alguna, porque ¿de dónde obtiene recursos el PRI Municipal? Pues del Financiamiento Público contemplado en la ley, porque todos saben que no existe una cuota de partido.
El Financiamiento Público es específico, no puede ser usado para pavimentar calles por mucha que sea la necesidad de los habitantes y la falta de sensibilidad social de las autoridades municipales, en este caso de la Dirección de Obras Públicas.
El propio Código señalado dice en su Artículo 463, que: Las infracciones señaladas en los artículos anteriores serán sancionadas conforme a lo siguiente, a) Respecto de los partidos políticos:
I.- Con amonestación pública;
II.- Con multa de hasta diez mil días de salario mínimo general vigente en el Estado de Campeche al momento de cometerse la infracción, según la gravedad de la falta. En los casos de infracción a lo dispuesto en materia de topes a los gastos de campaña, o a los límites aplicables en materia de donativos o aportaciones de simpatizantes, o de los candidatos para sus propias campañas, con un tanto igual al del monto ejercido en exceso. En caso de reincidencia, la sanción será de hasta el doble de lo anterior;
III.- Según la gravedad de la falta, con la reducción de hasta el cincuenta por ciento de las ministraciones del financiamiento público que les corresponda, por el periodo que señale la resolución;
IV.- La violación a lo dispuesto en la fracción XVI del Artículo 72 de este Código se sancionará con multa; y
V.- En los casos de graves y reiteradas conductas violatorias de la Constitución y de este Código, especialmente en cuanto a sus obligaciones en materia de origen y destino de sus recursos, con la suspensión o cancelación de sus derechos y prerrogativas y, en el caso de los partidos políticos estatales, con la cancelación de su registro como partido político.
Todo lo anterior sin obviar como ilícito el hecho de realizar afiliaciones colectivas de ciudadanos, que al igual que hoy, años atrás se han venido llevando a cabo en diversas colonias de esta Ciudad y que el citado Código también contempla como una obligación para los propios partidos políticos, tal y como lo señala en su Artículo 72, en su fracción XVIII.
No obstante, habría que informarle a los aspirantes a los diversos cargos de elección popular que el proselitismo anticipado está también prohibido y que la sanción a lo previsto por el Código genera como consecuencia la obligación al partido político que se trate a otorgarle la negativa a su registro como precandidato al militante que haya cometido dicha infracción, es decir, deben respetarse los tiempos fijados por la ley electoral y evitar caer en jueguitos poco creíbles como el hecho de que una agrupación social fue la responsable de obsequiar las curiosas gorritas de cartón en el bando pasado, en cuyo caso, de ser comprobable, menudo favor le están haciendo.
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